Derechos
“Todos los derechos, todos los niños”, de esta forma la convención sobre los Derechos del Niño, reconocen como un niño tiene derechos de igual forma que una persona adulta, sin tener restricciones ni exclusiones en cuanto a estratos socioeconómicos, raza, sexo, respetando así cada derecho fundamental.
se basan en cuatro principios esenciales que son:
• “La no discriminación o universalidad (Artículo 2): Todos los niños y las niñas
tienen derechos, sin importar la raza; el color; el género; el idioma; la religión;
las opiniones políticas o de otra índole; el origen nacional, étnico o social; la
riqueza; las discapacidades; y las condiciones del nacimiento, entre otras.”
• “El interés superior del niño (Artículo 3): El interés superior de los niños y las
niñas debe ser una consideración primordial en todas las decisiones que
los afecten.”
• “El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (Artículo 6): Todos los
niños y las niñas tienen derecho a la vida, a sobrevivir y a lograr su pleno
desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social.”
• “El respeto por las opiniones del niño (Artículo 12): Los niños y las niñas
tienen derecho a expresarse libremente sobre los temas que los afectan
y a que sus opiniones se tomen con seriedad.”